3 Actos Normativos

Determínase que las entidades alcanzadas por el Artículo 9° de la Ley Nº 26.588 deberán brindar a cada persona con celiaquía, cobertura en concepto de harinas y premezclas libres de gluten por un monto mensual, conforme lo dispuesto por el Decreto Nº 528/11. Dicho importe deberá actualizarse periódicamente.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 29/04/2014
Esfera del acto: Nacional / Argentina
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